Editorial
Legalizar
trabajo sexual
La
Comisión Carta de Derechos de la Asamblea Constituyente prevé modificar la
redacción del artículo 15 del Proyecto de Constitución Política sobre “trabajo
sexual”, aunque todavía no hay un consenso porque las distintas fuerzas
políticas están divididas.
La
Constitución de la CDMX no puede legalizar el “comercio sexual” de las mujeres
ni reconocer el “trabajo sexual”; incluso en octubre pasado se comprometió con
el movimiento feminista, a presentar un párrafo alternativo a la actual
redacción del artículo 15 del borrador.
En
el proyecto presentado, estipula en dicho artículo en su apartado F, numeral 3,
inciso b que las autoridades de la Ciudad, en el ámbito de sus competencias y
de conformidad con lo previsto por la ley, “reconocen y protegen el trabajo
sexual voluntario y autónomo como una actividad lícita”.
Hay
que buscar alternativas ante la venta de niñas en lugares como La Merced, pero
también ante las mujeres que se dedican al “trabajo sexual”, temas que son un problema
de la ciudad y de la Constitución más avanzada del país que tiene
La
propuesta de reconocer el “trabajo sexual” se respalda en la resolución que en
enero de 2014 publicó el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa
en el Distrito Federal, quien otorgó un amparo a un grupo de mujeres que se
dedican a “ofertar servicios sexuales”, que reclamaron ser consideradas
trabajadoras no asalariadas.
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