Por
Ma. de la Luz Alonzo Hdez
Chilpancingo,
Gro.- Resuelve TEEGRO como improcedente conocer los juicios electorales
interpuestos por Víctor Manuel Ramos García y Norma Guatemala Mayo en contra de
la Comisión Nacional de MORENA, porque acudieron directamente a interponer su
recurso al Tribunal Electoral sin agotar la primera instancia que es su
partido.
Los
quejosos en sus juicios TEE/JEC/035/2018 y TEE/JEC/036/2018, buscan
controvertir en MORENA diversos actos relacionados con el proceso interno de
selección de candidatos a diputados locales por el principio de representación
proporcional del estado de Guerrero, para el proceso electoral 2017-2018.
En
la sentencia se aprobó como improcedente el juicio presentado vía “per saltum”
en contra de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) del Partido
Movimiento Regeneración Nacional, y se ordenó reencausar el juicio y reenviarlo
a la CNHJ del mismo partido para que de cabal respuesta a la queja de Ramos
García y Guatemala Mayo.
Asimismo,
se le ordenó que una vez resuelta la petición de los actores, dicha CNHJ deberá
informar al Tribunal Electoral lo concerniente al cumplimiento de la resolución
en las siguientes 24 horas.
En
esta sesión se aprobó también el acuerdo plenario del juicio electoral 116 de
2015, interpuesto por Pascual González Gutiérrez, Daniel Margarito Abundes,
Alejandra Salvador Hidalgo, Celia Mateo Tapia, Aristeo Gerónimo Ortega, Pascual
Mateo Cruz y Porfiria Victoriano Juárez en contra del ayuntamiento municipal
constitucional de Atlixtac.
En
el acuerdo plenario se aprueba que el Ayuntamiento de Atlixtac, recoja el monto
de los pagos emitidos a favor del demandante fallecido Pascual Mateo Cruz.
Asimismo, se ordenó a la autoridad responsable en el
resguardo de los pagos, hacer la devolución de los documentos expedidos al
ayuntamiento citado, para que el órgano jurisdiccional lo tenga bajo resguardo
y en su momento lo entregue a
quien acredite tener capacidad de representación del finado Pascual Mateo Cruz.
La
propuesta de sentencia presentada por el magistrado ponente Emiliano Lozano
Cruz y el proyecto de acuerdo plenario del magistrado René Patrón Muñóz, fueron
aprobados por unanimidad de votos, con la participación de los magistrados
Ramón Ramos Piedra, de la primera ponencia, J. Inés Betancourt Salgado de la
segunda ponencia e Hilda Rosa Delgado Brito de la cuarta ponencia.
Resuelve
TEEGRO como improcedente conocer los juicios electorales interpuestos por Víctor
Manuel Ramos García y Norma Guatemala Mayo en contra de la Comisión Nacional de
MORENA, porque acudieron directamente a interponer su recurso al Tribunal
Electoral sin agotar la primera instancia que es su partido.
No hay comentarios:
Publicar un comentario