Magaly
Rodríguez/Notymas
Chilpancingo,
Gro. El pleno del Consejo del Tribunal Electoral (TEE), aprobó la excusa
presentada por el magistrado Emiliano Lozano Cruz, para no participar en el
proceso que dicha instancia tiene, derivado del recurso de impugnación
presentado por el presidente municipal con licencia de Chilpancingo, Marco
Antonio Leyva Mena, debido a la demanda que, de manera personal, interpuso en
contra de la comuna.
Este
martes, el pleno del TEE, desahogó la séptima sesión pública, en la que, como
único punto, se trató el expediente TEE/001/2018, el promovente, el magistrado
Emiliano Lozano Cruz, asunto, solicitud de excusa, magistrado ponente, Ramón
Ramos Piedra.
Lozano
Cruz, solicitó esta excusa, para no participar en el juicio electoral
ciudadano, TEE/JSC/007/2018, interpuesto por el alcalde con licencia, Marco
Antonio Leyva Mena, en contra del Congreso del Estado, por no atender su
solicitud de incorporación al cargo de presidente municipal de Chilpancingo,
debido, según la explicación, a la demanda que de manera personal interpuso en
contra del ayuntamiento, siendo alcalde Leyva Mena, en el juicio civil
309/2016-01.
En
base al análisis de los elementos probatorios presentados por Lozano Cruz, el
magistrado ponente, Ramón Ramos Piedra, presentó el proyecto a favor de la
solicitud presentado por el promovente, el cual fue aprobado por unanimidad por
el resto de los funcionarios electorales.
En
entrevista, el magistrado Ramón Ramos Piedra, explicó que se trató de un
incidente, es decir, un juicio dentro de un juicio principal en desarrollo,
interpuesto por el promovente, -Emiliano Lozano Cruz-, de manera personal, por
hechos que le afectan en su esfera particular. Y tras presentar los elementos
probatorios, como una copia certificada en un juicio en trámite en contra del
ayuntamiento en los juzgados civiles, el pleno del TEE aprobó el dictamen con
el que, en lo sucesivo, el mencionado magistrado, no conocerá de los trámites
relacionados con este asunto, a fin de no perjudicar la imparcialidad y
objetividad en las resoluciones que él tome.
“Por
el conflicto de intereses que se pueda derivar de cualquier resolución y para
que no vaya a matizarlo de ningún tipo de inclinación hacia a algún lado de la
balanza, tratamos que nuestras resoluciones sean lo más objetivas posibles, y
cualquier atisbo de imparcialidad o de interés de parte de uno de los miembros
del órgano es obligación primera de manera unilateral denunciar que cualquiera
de los miembros del consejo general está impedido para conocer de ese asunto
por las razones que la misma ley prevé”, abundó el magistrado Ramón Ramos.
Emiliano
Lozano Cruz, interpuso una demanda en contra del ayuntamiento de Chilpancingo,
luego de que el año pasado, supuestamente, policías municipales, difundieran un
video, en el que el magistrado realiza sus necesidades fisiológicas en vía
pública, en unas macetas, imágenes que fueron reproducidas en redes sociales,
al considerar que esto afectó su reputación, interpuso la mencionada demanda
penal, la cual se encuentra en curso. (Notymas).
El
magistrado Ramón Ramos Piedra, explicó que se trató de un incidente, es decir,
un juicio dentro de un juicio principal en desarrollo, interpuesto por el
promovente, -Emiliano Lozano Cruz-, de manera personal, por hechos que le
afectan en su esfera particular.
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