*Algunas toleran ataques verbales, humillaciones, propuestas
sexuales, menosprecio, manoseos, agresiones físicas y relaciones sexuales
obligatorias
Por Jaime Arizmendi
Durante el 2012 se presentaron 26
mil casos de hostigamiento sexual en 258 oficinas gubernamentales del país,
pero sólo ocho mil fueron denunciados; además, de siete de cada 10 empleadas
que han sufrido alguno de esos abusos, el 60 por ciento renuncian por no
denunciar o para evitar se concrete la falta.
Peor aún, 25 de cada 100 de ellas
son despedidas por no aceptar las peticiones del acosador; reportan el
Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) y la Secretaría de la Función
Pública, al admitir que esas cifras son “conservadoras”, debido a que “se trata
de un acto ilícito que en el 99.7 por ciento de los casos no se denuncia, y
tiene el índice más alto de impunidad”.
Más aún, para Amnistía
Internacional la violencia de género sigue penetrando las vidas de mujeres y
niñas en todo México, pues la impunidad de tal violencia, incluyendo el abuso
sexual y el feminicidio, es algo generalizado. El temor a denunciar y la
ausencia de sanciones penales han provocado que esta práctica no sólo se
mantenga, sino aumente impunemente en las fuentes laborales, sobre todo donde
es más señalado el grado de subordinación de la mujer.
De acuerdo con la Encuesta
Nacional de la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, cerca de la mitad de
las mujeres de entre 15 y 30 años han sido víctimas de acoso laboral, acusa
María Elena Álvarez Bernal, secretaria ejecutiva del Inmujeres.
En la mayoría de los casos, los
jefes las hostigan para mantenerlas en un cargo o ascenderlas, y cuando no lo
consiguen, les aplican la “congeladora laboral” y al final las despiden, lo que
se traduce en una acción discriminatoria. En el mayor de los casos las víctimas
son mujeres y van desde quienes tienen bajo nivel escolar hasta profesionistas
con estudios de licenciatura o maestría.
Al reconocer que el hostigamiento
y acoso laboral y sexual son problemáticas que deterioran la productividad, así
como la salud física y mental de las mujeres, el Inmujeres considera “muy
importante” la decisión de que se incorpore en diversas dependencias,
organismos y entidades el Modelo de Equidad de Género (MEG) que impulsa la
misma institución.
Pese a todo, el Código Penal
Federal ha quedado rezagado en cuanto al tipo penal de hostigamiento y abuso
sexual, ya que las legislaciones de los estados de Aguascalientes, Baja
California Sur, Coahuila, Colima, Chiapas, Guerrero, Durango, Nayarit, Morelos,
Oaxaca, Querétaro, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Veracruz, Yucatán y Zacatecas,
prevén sanciones de prisión para estos agresores.
Baja California, por ejemplo, fija
hasta 200 días multa y aun así rebasa a la ley penal federal; mientras que los
estados que no contemplan el tipo penal son: Campeche, Guanajuato, Michoacán,
Quintana Roo, San Luis Potosí, Tamaulipas y Tlaxcala.
La iniciativa alerta que el Código
Penal Federal aplica sanciones que se contraponen con el principio de
progresividad de los derechos humanos de las víctimas, y sólo establece pena en
caso de causarse daño y perjuicio a la víctima de este delito, con lo que
genera impunidad.
Sostiene que
Con reformas a los artículos 259
bis, 260 y 266 bis del Código Penal Federal, se plantea suprimir como requisito
para que el delito sea punible “el daño o perjuicio” y, en todo caso, modificar
la descripción típica del ilícito para establecer que el asedio será punible
cuando se realice con la amenaza de causar a la víctima un mal relacionado
respecto a la actividad que los vincule, sea laboral, docente, doméstica o de
cualquier otra índole.
En síntesis, se busca sancionar
las molestias, ataques verbales, ofensas que recibe la víctima, las
humillaciones, insinuaciones o propuestas sexuales, menosprecio, manoseos,
agresiones físicas, relaciones sexuales obligadas y represalias por no haber
accedido, porque causan daños psicológicos, morales e incluso depresión.
Propone establecer una sanción de
seis meses a dos años de prisión y multa de 200 a 500 días de salario, a quien
con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo,
valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales,
docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación.
Si el hostigador fuera servidor
público y utilizara los medios o circunstancias que el encargo le proporcione,
además de ese castigo, se le destituirá de su cargo y se le inhabilitará para
ocupar otro; y cuando se ocasione un daño o perjuicio en la posición laboral,
docente, doméstica o de subordinación de la persona agredida, se impondrá al
responsable una pena de dos a cuatro años de prisión y multa de hasta 40 días
de salario mínimo.
Si el hostigamiento sexual se
dirige contra una persona menor de 18 años, el mínimo y el máximo se aumentarán
hasta en una mitad, y en este caso el delito se perseguirá de oficio; además,
plantea conformar una base de datos nacional, donde se asiente el nombre,
cargo, empleo o comisión de los servidores públicos que hayan incurrido en
conductas de hostigamiento y abuso sexual.
Sin embargo, vale advertir que si
los jefes de los abusadores deciden protegerlos con todo su poder de mando,
también habría que aplicarles sanciones a ellos. Sólo así se podrán revertir
las alarmantes estadísticas. Firmes, contra esa lacerante impunidad…
Durante el 2012 se presentaron 26
mil casos de hostigamiento sexual en 258 oficinas gubernamentales del país,
pero sólo ocho mil fueron denunciados; además, de siete de cada 10 empleadas
que han sufrido alguno de esos abusos, el 60 por ciento renuncian por no
denunciar o para evitar se concrete la falta.
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